El Ministerio De Hacienda fija del 1 al 15 de julio como plazo para el pago de la cuota mínima fiscal 2026

LOS OPERADORES ECONÓMICOS DEBERÁN CUMPLIR CON ESTA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ENTRE EL 1 Y EL 15 DE JULIO, CONFORME A LA LEY GENERAL TRIBUTARIA VIGENTE.

El Ministerio de Hacienda, Presupuestos y Planificación Nacional ha informado a todos los operadores económicos, así como a las personas físicas y jurídicas sujetas al Impuesto sobre Sociedades, que del 1 al 15 de julio de 2026 permanecerá abierto el plazo para la presentación de las autoliquidaciones y el pago voluntario del primer tramo del impuesto, en la modalidad de Cuota Mínima Fiscal 2026.

‎La cartera de Hacienda recuerda que esta obligación tributaria se encuentra establecida en el artículo 80 de la Ley número 1/2024, de 19 de noviembre, General Tributaria vigente en la República de Guinea Ecuatorial.

‎De acuerdo con el procedimiento establecido, la Cuota Mínima Fiscal correspondiente al primer semestre del ejercicio económico 2026 se determina aplicando el 1,5 % al monto total de los ingresos globales obtenidos por el contribuyente entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2026.

‎El Ministerio exhorta a todos los contribuyentes obligados a cumplir con esta disposición dentro del plazo fijado, a fin de evitar recargos, sanciones u otras consecuencias derivadas del incumplimiento de la normativa tributaria vigente.

‎Con este recordatorio, el Gobierno reafirma su compromiso con el fortalecimiento de la cultura tributaria y el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, pilares fundamentales para la movilización de recursos destinados al desarrollo económico y social del país.

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